Propiedades

QUE ES EL CREDITO TECHO PROPIO

El Programa Techo Propio está dirigido exclusivamente a familias de bajos recursos económicos para que puedan comprar, construir o mejorar su vivienda, la misma que contará con servicios básicos de luz, agua y desagüe. El principal beneficio del Programa Techo Propio es el Bono Familiar Habitacional – BFH, el cual es un subsidio directo que otorga el Estado a una familia como premio a su esfuerzo ahorrador, por única vez y no se devuelve. Requisitos Conformar un Grupo Familiar: Debe estar conformado por un jefe de Familia, que declarará a uno o más dependientes que pueden ser: su esposa, su conviviente, sus hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 años con discapacidad, sus padres o abuelos. No haber recibido apoyo habitacional del Estado. El Ingreso Familiar Mensual neto no debe exceder de S/ 3,715 o de S/ 2,071 para Vivienda de Interés Social Priorizada (aplicable a la Jefatura Familiar). No tener vivienda, terreno propio o aires independizados para vivienda a nivel nacional. Beneficios El monto máximo de un crédito de una entidad financiera a un cliente, financiado con recursos del Fondo MiVivienda, no excederá del 80% del Valor de Vivienda incluido los gastos de cierre. A los créditos otorgados a los clientes que adquieran bienes futuros, se les podrá otorgar un plazo de gracia de hasta 12 meses. Durante dicho periodo, la entidad financiera no pagará el principal del préstamo, intereses y las comisiones que establezca el Fondo MiVivienda.

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COMO ACCEDER AL BONO VERDE

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a través del Nuevo Crédito MiVivienda, otorga el Bono MiVivienda Verde para que la población pueda adquirir un inmueble eco sostenible. Esta ayuda económica es para quienes compren un inmueble con certificado de ecosostenibilidad, lo que beneficia en el ahorro de servicios como agua y luz. ¿Cómo solicitar el Bono Verde? Selecciona tu vivienda en un proyecto certificado. Acude a una entidad financiera para que evalúe tu capacidad de pago. No olvides que debes solicitar con el Nuevo Crédito MiVivienda o Programa Techo Propio para que puedas beneficiarte con más descuentos gracias al Bono del Buen Pagador o Bono Familia Habitacional. Requisitos Ser mayor de edad. Estar calificado como sujeto de crédito por una entidad financiera a través de la cual se le brindará las facilidades para adquirir su nueva vivienda. No ser propietario de otra casa a nivel nacional. No haber recibido otro apoyo habitacional por parte del Estado.

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CREDITO MIVIVIENDA

El Fondo MIVIVIENDA tiene por objeto la promoción y financiamiento de la adquisición, mejoramiento y construcción de viviendas, especialmente las de interés social. Así, a través de este Fondo, se otorgan bonos para la adquisición de una vivienda. Nuevo crédito MIVIVENDA Es una ayuda económica no reembolsable que se otorga si adquieres un préstamo con el Nuevo Crédito MIVIVIENDA a través de las Instituciones Financieras Intermediarias. Este crédito es otorgado por el FONDO MIVIVIENDA, que te permite financiar: La adquisición de viviendas terminadas, en construcción, o en proyecto, que sean de primera venta. La adquisición de viviendas de segundo uso. La construcción de viviendas en terreno propio o aires independizados a cargo de un promotor y/o constructor, y el mejoramiento de vivienda. El valor de la vivienda deberá encontrarse entre los S/ 65,200 hasta S/ 464,200. Asimismo, el plazo de financiamiento debe estar entre los 5 y 25 años. Requisitos para acceder al crédito Ser persona natural, residente en el Perú o peruano residente en el extranjero. Ser mayor de edad. Ser calificado por la Entidad Financiera para el crédito MIVIVIENDA. El solicitante y/o, en su caso, su cónyuge o su conviviente legalmente reconocido independientemente de su régimen patrimonial e hijos menores de edad, no sean propietarios o copropietarios de otra vivienda en cualquier localidad del país. No tener ningún crédito pendiente de pago con el Fondo Mivivienda. Contar con una cuota inicial mínima del 7.5% del valor de la vivienda que vas a comprar Tener en cuenta que el Fondo Mivivienda podrá financiar como máximo dos veces a un mismo subprestatario, su cónyuge o conviviente legalmente reconocido, para ello no deben tener ningún subpréstamo pendiente de pago con el Fondo. Condiciones para acceder al crédito El monto máximo de un crédito de una Institución Financiera a un cliente financiado con recursos del Fondo Mivivienda, no excederá del 90 del Valor de Vivienda. A los créditos otorgados a los clientes que adquieran bienes futuros, se les podrá otorgar un plazo de gracia de hasta 06 meses, de acuerdo a la solicitud que efectúe el cliente. El solicitante deberá ser evaluado de acuerdo a las políticas establecidas por cada Institución Financiera; sin embargo, para la evaluación de solicitantes con ingresos informales y sin historial crediticio bajo la modalidad de ahorro programado, el plazo de ahorro no será menor a seis 06 meses. Cómo funciona el bono del buen pagador (BBP) Este será otorgado a las personas que accedan a un Crédito MIVIVIENDA, con el objetivo de incrementar la Cuota Inicial. En caso se trate de una vivienda sostenible, se aplicará 1.16279 UIT más al BBP para vivienda tradicional. Los beneficiarios del BBP no podrán acceder a otros programas de apoyo habitacional del Estado.   Requisitos: Que el valor del inmueble a adquirir no exceda los S/ 343,900. No haber recibido apoyo habitacional previo del Estado el titular y, de ser el caso, su cónyuge o conviviente. Otros a ser determinados por el FMV y comunicados al Fiduciario para su aplicación. Vivienda sostenible Vivienda tradicional financiada con programas y/o productos financieros administrados por el Fondo Mivivienda y que ha tomado en cuenta en su concepción y ejecución, entre otros, criterios de eficiencia hídrica y energética, de diseño bioclimático, manejo de residuos, utilización de eco materiales y que contribuyan a la sostenibilidad urbana en su entorno.   Vivienda tradicional Vivienda unifamiliar o vivienda que forma parte de una edificación multifamiliar o conjunto residencial o quinta, financiada con programas y/o productos financieros administrados por el Fondo Mivivienda, capaces de satisfacer necesidades básicas de las personas que la habitan. En caso la vivienda cuente con estacionamiento y/o depósito independizados, el valor total de la vivienda es la suma de los valores de la vivienda y la(s) respectiva(s) unidad(es) inmobiliaria(s). POR EJEMPLO, BONO BUEN PAGADOR: Valor Vivienda: S/100,000 Aporte mínimo: S/ 7,500 (7.5% del valor vivienda) Bono Buen pagador: S/ 26,800 (según escala Fondo Mivivienda) Cuota Inicial S/7,500 + S/ 26,800 = S/ 34,300 Préstamo que debe adquirir: S/ 65,700

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PARÁMETROS URBANÍSTICOS

El Certificado de Parámetros Urbanísticos es un documento que indica las especificaciones técnicas y normativas para las diferentes modalidades de edificación, de acuerdo al Reglamento Nacional de Construcciones. Quién emite el certificado Este documento es emitido por la Municipalidad donde se encuentre ubicado el predio o inmueble. Para qué sirve el certificado de parámetros urbanísticos Para obtener licencia de edificación Para vender un terreno, porque indica la altura máxima de edificación. Para que el arquitecto realice su proyecto inmobiliario de acuerdo a las normas técnicas. Para obtener licencia de funcionamiento, porque indica si la zonificación es comercial. Qué indica el certificado El Certificado de Parámetros Urbanísticos contiene las disposiciones técnicas que establecen las características que debe tener un proyecto de edificación y que deben ser respetadas por las personas que deseen efectuar una obra nueva sobre un lote determinado o modificar una edificación existente. Qué información contiene el certificado La Zonificación Alineamiento de fachada Usos de los suelos permisibles y compatibles Coeficientes máximos y mínimos de edificación Porcentaje mínimo de área libre Altura máxima y mínima de edificación expresada en metros Área de lote normativo Densidad neta expresada en habitantes por hectárea. Exigencias de estacionamientos para cada uno de los usos permitidos. Calificación de bien cultural inmueble, de ser el caso. Fecha de emisión. Qué vigencia tiene el certificado Tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses. Una vez emitido, el constructor puede edificar con esas normas técnicas con toda tranquilidad y seguridad. Si, en el transcurso de los 36 meses la municipalidad realiza algún cambio, o se modifican algunas normas, se respetará el contenido de los parámetros urbanísticos emitidos. Algo más sobre el certificado El certificado se suele utilizar en el procedimiento de regularización de declaratoria de fábrica e inscripción en los Registros Públicos de Lima, de conformidad con la Ley 27157. Dicho certificado puede ser solicitado por el propietario o por cualquier ciudadano, por cuanto es información pública.

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IMPUESTO PREDIAL

El impuesto predial, es aquel cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo. El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años Quién paga el impuesto predial Son contribuyentes de este impuesto las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la transferencia. En caso de condóminos o copropietarios, ellos están en la obligación de comunicar a la Municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les corresponde (% de propiedad); sin embargo, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del Impuesto. En los casos en que la existencia del propietario no pueda ser determinada, se encuentran obligados al pago (en calidad de responsables) los poseedores o tenedores de los predios. Cuándo se presenta la declaración jurada Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga.  Cuando se efectúa cualquier transferencia de dominio del predio o se transfieran a un concesionario la posesión de los predios integrantes de una concesión efectuada al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM (Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, modificatorias, ampliatorias y reglamentarias), o cuando la posesión de éstos revierta al Estado. Así como, cuando el predio sufra modificaciones en sus características que sobrepasen al valor de cinco (5) UIT. En estos casos, la declaración jurada debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos. Cuando así lo determine la administración tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin Cuál es el plazo para declarar un predio Al adquirir un predio, el nuevo propietario podrá declararlo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente a la adquisición del bien. De no hacerlo incurrirá en infracción y se le sancionará con multa. Sin embargo, al estar obligado al pago de los arbitrios del mes siguiente de producida la transferencia, se recomienda presentar su declaración jurada hasta antes del último día hábil del mes siguiente de ejecutada la transferencia. Qué debo hacer si vendo mi predio Cuando se efectúe cualquier transferencia de un predio, el vendedor podrá comunicar la venta del bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto predial de todo el año en que se produjo la transferencia. Cabe indicar, que el vendedor no se encuentra obligado a presentar declaración jurada de descargo a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N.° 1246, (noviembre 2016) que establece medidas de simplificación administrativa, siendo el adquirente el único obligado a presentar declaración jurada de impuesto predial.

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CARGAS Y GRAVÁMENES DE UN INMUEBLE

Los bancos requieren como requisito previo a efectos de calificar y otorgar un crédito, el que se acredite mediante las certificaciones registrales tales como un Certificado Registral Inmobiliario (CRI) o Gravámenes, que el inmueble materia de garantía se encuentra realengo, es decir libre de cargas y gravámenes. En no pocas ocasiones, dicha exigencia no puede ser satisfecha por encontrarse vigente formalmente una Medida Cautelar o Hipoteca, que si bien son poco factibles de ser realizadas porque los proceso judiciales o coactivos que las originaron –en caso de ser embargos- han caído en abandono o estando resueltos adversamente al demandante no se ordenaron sus cancelaciones –resulta engorroso y a veces hasta imposible retomar dicho proceso a efectos de cancelarlas. Diferencia entre una carga y un gravamen Un inmueble tiene la calidad de realengo, cuando sobre el mismo no pesa ninguna carga o gravamen; esto es, que sobre el predio no concurren con el titular del derecho de propiedad, otros titulares con derechos reales de garantía o de goce sobre bien ajeno (por ejemplo un acreedor con una hipoteca a su favor); o que sobre el predio no se publicite situaciones jurídico procesales o administrativas que, en un primer supuesto sujete al mismo a una eventual venta forzosa o en el segundo publicite restricciones referidas a las situaciones de hecho sobre el predio. Ante una situación como la planteada, es forzoso establecer la diferencia entre una carga y un gravamen; pues es común la confusión que hay entre uno y otro, mucho más cuando se etiqueta al primero como el género y el segundo como la especie. Dicho en palabras sencillas, si la carga no concluye en un remate judicial, sólo será una carga; si la carga en un remate judicial, será un gravamen. La Hipoteca La Hipoteca es una garantía real que otorga un titular registral –sea o no el deudor-, a favor del acreedor, a efectos que, en el supuesto de incumplimiento en el pago de la obligación, éste pueda solicitar judicialmente la venta forzada del inmueble garantizado obteniendo del valor de cambio el pago de la deuda sólo hasta el monto de sujeción que haya constituido el titular registral. Venta de un inmueble hipotecado La hipoteca no supone la pérdida de posesión del inmueble por el propietario y tampoco le impide venderlo. A la oferta de venta de un inmueble hipotecado, el comprador debe revisar la partida registral del predio y confirmar mediante certificado registral que el vendedor sólo ha constituido una hipoteca sobre el bien (escenario recomendable, pues pueden constituirse varias hipotecas sobre un mismo inmueble. Situación compleja y no recomendable). La minuta de compraventa deberá consignar en sus cláusulas que el comprador declara conocer la hipoteca y que el precio de venta se cancela mediante dos cheques de gerencia: Uno a favor del banco acreedor, por el monto de la deuda y otro por el saldo a favor del vendedor. El comprador debe cerciorarse de que el banco reciba el cheque, luego de lo cual emitirá la cláusula de cancelación y levantamiento de hipoteca, que debe elevarse a escritura pública para su inscripción registral. Mientras, el inmueble puede venderse. Aunque el precio resulte “una ocasión”, en la operación existe cierto riesgo, por lo que se sugiere asesorarse por un abogado especialista y firmar minuta y escritura pública de compraventa ante notario el mismo día.

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COMO EVITAR INQUILINOS MOROSOS

Cuando alquilamos nuestra propiedad, como una casa o departamento, el mayor temor que tenemos es que nuestro inquilino no cumpla con sus pagos y peor aún, luego se niegue abandonar nuestra propiedad. Este es un riesgo que debemos minimizar tomando algunas previsiones. Aquí te brindamos algunos consejos: Evalúa a los interesados Es importante conocer sus datos básicos de la persona a quienes pretendemos arrendar, asi como donde trabaja, ciertas referencias, el motivo por el cual se muda o ha dejado otro inmueble donde estuvo viviendo, y si nos fuera posible, averiguar en centrales de riesgo financieros, o en la base de inquilinos morosos Toma fotografías antes de arrendar Así, quedará constancia de cómo se entregó el inmueble antes de ser arrendado, de esta forma, persuadimos al inquilino para que al momento de retirarse de la propiedad nos lo entregue en las mismas condiciones. Elabora contratos a la medida Sabemos que resulta más sencillo elaborar un contrato utilizando plantillas pre establecidas, pero te recomendamos que redactes contratos personalizados. La idea es que sea un contrato con características particulares y que cuente con un mecanismo de cobranza, para ello, la mejor recomendación es que te contactes con un asesor legal, esto te ayuda a protegerte de posibles contratiempos. Garantía dineraria Esto proporcionará al arrendador un ‘colchón’ económico para sobrellevar los perjuicios del impago durante un tiempo. Incluye la cláusula de allanamiento futuro en el contrato A través de esta Cláusula de allanamiento futuro, el arrendatario renuncia de manera expresa a contradecir u oponerse en un futuro juicio de desalojo por vencimiento de contrato o por falta de pago, permitiendo al juez emitir sentencia y orden de lanzamiento en un menor tiempo que en los procesos sin esta cláusula. Funciona la “Ley de desalojo Express” En mayo del 2014, se publicó la Ley N.º 30201 conocida como “La Ley de Desalojo en 15 días” o más conocida como “Ley de desalojo Express”. Sin embargo, contrario a lo que estos apelativos nos sugieren, la norma no establece 15 días de plazo para que el inquilino moroso desaloje ni bien incurra en la falta de pagos. En realidad, esta ley establece que una vez que se emita Sentencia Firme, el juez ordenará al inquilino que restituya el inmueble en 15 días. Esto siempre y cuando el contrato de arrendamiento haya incluido la cláusula de allanamiento futuro y las situaciones para la restitución del inmueble sean porque se ha concluido el contrato de arrendamiento o este se ha resuelto por falta de pago de más de dos meses y medio de renta (según el art. 1697 del Código Civil). El arrendatario solo podrá oponerse acreditando lo contrario, es decir, demostrando que el contrato de arrendamiento sigue vigente o que ha cancelado el alquiler adeudado, teniendo para ello sólo seis días de plazo desde que es notificada de la demanda. En resumen, para lograr el “desalojo express” se requiere realizar un juicio y antes de ello, la conciliación extrajudicial obligatoria por ley. Todo esto, sumándole a la enorme carga procesal del poder judicial nos lleva a afirmar que el desalojo ‘express’ se prolongará por muchos meses.

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¿QUÉ TIEMPO PUEDO ALQUILAR MI INMUEBLE?

Debemos tener en cuenta que existen dos tipos de contrato de arrendamiento, la cual dependerá del plazo. Asi, tenemos los contratos con duración determinada, y el contrato de duración indeterminada. Ahora bien, en los casos de contratos indeterminados, no debemos entender que estos se prolonguen sin ningún tipo de límite en el tiempo, lo cual no tendría lógica ya que nadie querrá arrendar su inmueble por toda la vida. Según lo establecido en el artículo 1688º del Código Civil peruano, el plazo del arrendamiento de duración determinada no podrá exceder de los diez años. Acá debemos precisar una excepción. En los casos que la propiedad arrendada pertenezca a entidades públicas o que estos se encuentren a nombre de incapaces, el plazo máximo ya no será de diez años, sino se reducirá a seis años. Si, por ejemplo, quizá por desconocimiento alguno de los contratos excede los plazos a los que nos hemos referido, se entenderán y reducirán al plazo máximo establecido por la legislación peruana. La legislación nacional ha considerado conveniente disminuir dichos plazos, con el propósito de no vincular durante largo tiempo bienes que sirven para satisfacer intereses colectivos y no particulares o aquellos otros que siendo de incapaces son administrados por sus representantes legales, estando comprendidos como tales: Los menores de 16 años de edad. Los mayores de 16 y menores de 18 años de edad. Los pródigos. Los que incurren en mala gestión. Los ebrios habituales. Los toxicómanos. Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil. Las personas que se encuentren en estado de coma, siempre que no hubiera designado un apoyo con anterioridad. La única excepción a esta regla la constituyen los bienes pertenecientes a incapaces sujetos a tutoría o mayores bajo curatela. En estos casos los tutores y curadores no podrán arrendar los bienes de sus representados por más de tres años. Finalmente, si firmáramos una adenda prorrogándose el plazo de un contrato de arrendamiento entre particulares, y este excede los 10 años del plazo máximo, de acuerdo con el principio de la preservación contractual, todo plazo o prórroga que exceda los límites máximos no invalidan el contrato, sino que simplemente se entiende reducido a dichos plazos.

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QUÉ NECESITO PARA UN CRÉDITO HIPOTECARIO

Muchas dudas surgen cuando nos preguntamos que tan difícil sería obtener un crédito hipotecario, mas aun si tenemos en mente que los bancos solo están pasa sacarnos dinero, cuando en realidad, si sabemos administrar bien nuestros recursos, resulta ser una gran ayuda. Por ello, para acceder al crédito hipotecario  debemos cumplir básicamente tres condiciones fundamentales: Cuota Inicial Ahorrar para la cuota inicial, cuyo monto debe ser, por lo menos, el 10% de valor del inmueble. Por ejemplo, si deseo comprar un departamento que cuesta S/300,000, mi cuota inicial mínima debe ser de S/30,000. Obviamente, lo ideal es ahorrar lo máximo posible para aumentar la cuota inicial y reducir el monto del préstamo. En este sentido, podemos aprovechar ingresos estacionales como la gratificación, las utilidades o el disponible de la CTS para llegar a esta cantidad. Historial Crediticio Es importante tener un buen historial crediticio; es decir, no estar mal reportado en el sistema financiero, ni estar sobre endeudado. Por ello, es importante verificar permanentemente nuestra calificación en las centrales de riesgo, lo cual se puede realizar de forma gratuita. Capacidad de pago Demostrar capacidad de pago de las cuotas, ya sea presentando nuestras boletas o recibos por honorarios, o a través de un ahorro fijo mensual en la misma entidad financiera durante al menos 6 meses. Cómo financiar la compra de una vivienda Si cumplimos con los requisitos mencionados, el siguiente paso será analizar las distintas alternativas de financiamiento que nos ofrecen los bancos, financieras, cajas y otras instituciones, tomando en cuenta que la adquisición de una vivienda será probablemente la compra más importante de nuestras vidas. No fijarnos solo en la tasa de interés, sino en la TCEA (Tasa de Costo Efectivo Anual). Además de la tasa, las entidades financieras cobran otros conceptos adicionales en los créditos hipotecarios, como el seguro de desgravamen, el seguro de todo riesgo del inmueble y los gastos de tasación. notariales y registrales. La TCEA justamente refleja el costo real del crédito, considerando todos estos cargos. No solicitar un periodo de gracia si no es necesario. Muchas veces pedimos pagar la primera cuota del crédito hipotecario dentro de 2 o 3 meses luego del desembolso, pero en este caso el valor de las cuotas va a aumentar, pues se generan intereses, comisiones y otros gastos por esos días de gracia. Solo debemos pedir un periodo de gracia si realmente lo necesitamos. Buscar amortizar el crédito hipotecario cuando tengamos un ingreso estacional, como la gratificación o las utilidades, con el fin de terminar de pagar el préstamo lo más pronto posible. Tengamos en cuenta que no existe ninguna penalidad por prepagar el crédito, y de esa forma nos ahorramos intereses. Analizar si podemos acceder a los programas de apoyo que brinda el Estado para la adquisición de una vivienda. Actualmente existen programas como el Fondo Mivivienda, Techo Propio y Bono Mivivienda Verde, en donde el Estado subsidia una parte del valor del inmueble, reduciendo el mondo a financiar y el valor de las cuotas mensuales.

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VALOR DE UN INMUEBLE

Conocer el valor comercial de una vivienda es realmente necesario, ya sea para el otorgamiento de créditos, la tributación y la expropiación, o la venta de una vivienda. Una tasación es imprescindible para el comprador, para el vendedor y para el banco. Muchas veces, los propietarios pueden  adjudicar un precio  inadecuado o excesivo a un inmueble, por eso se  recomienda contratar los  servicios de un profesional. Tasación de un inmueble El Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú define como tasación o valuación, al procedimiento mediante el cual el perito valuador estudia el bien, analiza y dictaminan sus cualidades y características en determinada fecha, para establecer la estimación del valor razonable y justo del bien de acuerdo a las normas del presente reglamento. Ahora bien, podemos definir a una tasación inmobiliaria o valoración inmobiliaria, a como una tasación comercial de un bien raíz. Vale decir, es la valoración del precio de mercado de un bien inmueble en un momento determinado. En esta tasación se genera un documento que determina el valor del inmueble en el momento en el que se efectúa. Este documento está elaborado por un profesional, generalmente un arquitecto o un arquitecto técnico, contiene información fiscal, antigüedad del inmueble, ubicación, tamaño, calidad de construcción y vida útil de la edificación. Tipos de tasación Se distinguen dos tipos de tasaciones: Las reglamentarias y las comerciales. Se denomina tasación reglamentaria, cuando los valores que se utilizan en la pericia corresponden a los valores unitarios oficiales de terrenos y de edificación que son aprobados por los dispositivos legales correspondientes. Se denomina tasación comercial cuando los valores corresponden a los del libre mercado. Criterios para la tasación A la hora de fijar el valor comercial de un inmueble, los especialistas realizan un análisis pormenorizado de varios elementos. Como la ubicación de la vivienda y su accesibilidad, es decir las vías de acceso de las que pueda disponer el inmueble. Además, el estado de conservación del inmueble y del entorno-ya que la vivienda  se tasa en función  del componente del terreno y la edificación-,  son valores que se consideran a la hora de calcular el valor de tasación. Dentro del informe de tasación, principalmente, lo que se considera es el estudio de mercado, para obtener dicho valor se suelen comparar determinado números de viviendas.

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